Solicita el Servicio de Verificación

Si te encuentras en esta etapa, quiere decir que ya cuentas con equipos de medición, un Sistema de Gestión de las Mediciones y un programa informático para llevar los controles volumétricos en total cumplimiento con el Anexo 21 de la RMF 2026.

Ha llegado el momento de solicitar una Auditoría por parte de una Unidad de Inspección para obtener el certificado de cumplimiento de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos.

Unidad de Inspección

Para los efectos del artículo 28, fracción I, apartado B, cuarto párrafo del CFF, el certificado que acredita la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos deberá cumplir con el Anexo 22 de la RMF 2026 y ser emitido por una persona que haya obtenido un informe de evaluación aprobatorio por una entidad de acreditación, de conformidad con la Ley de Infraestructura de la Calidad.

Las Unidades de Inspección son organismos técnicos acreditados por la EMA y aprobados por el SAT para realizar las verificaciones establecidas en el Anexo 22. Su función es actuar como terceros independientes que evalúan el cumplimiento de los sistemas volumétricos bajo criterios de competencia técnica e imparcialidad.

Actualmente ya existen Unidades de Inspección acreditadas ante la EMA para realizar la verificación de controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos. Puedes consultar el directorio actualizado de Unidades de Inspección acreditadas en el catálogo de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), en la sección de Hidrocarburos > Medición de Hidrocarburos, disponible en www.ema.org.mx.

Proceso de Verificación

 

Etapa 1 Verificación de los Sistemas de Medición

El proceso de verificación de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, debe determinar el grado de conformidad de dichos equipos y programas con respecto a las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad establecidas en el Anexo 21 de la RMF 2026.

  • La Unidad de Inspección analizará la información de la forma de operación del proceso donde se encuentre el sistema de medición a verificar, de modo que conozca las condiciones de operación prevalecientes en dicho proceso, e identifique los elementos que conforman el sistema de medición (elementos primarios, secundarios y terciarios).

  • La Unidad de Inspección analizará y evaluará si el principio de medición y el tipo de medidor (elemento primario) empleado en el sistema de medición es apropiado para el uso requerido.

  • Dependiendo de la tecnología de medición empleada, la Unidad de Inspección analizará y evaluará si el diseño de la instalación cumple con lo que marca la normatividad y las mejores prácticas de la industria recomendadas para dicha tecnología.

  • La Unidad de Inspección analizará y evaluará si la operación del sistema de medición se lleva a cabo de acuerdo con las referencias normativas listadas en el apartado 21.7. del Anexo 21 de la RMF 2026, y/o a los manuales y recomendaciones del fabricante.

  • La Unidad de Inspección analizará y evaluará si el sistema de medición cuenta con un sistema de gestión, en apego a la NMX-CC-10012-IMNC-2004 "Sistemas de gestión de las mediciones - Requisitos para los procesos de medición y los equipos de medición".

  • La Unidad de Inspección:

    • Revisará la existencia de programas de verificación y calibración, así como verificará la aplicación de éstos.

    • Verificará que se lleva un seguimiento estadístico de las variables de control asociadas al sistema de medición y que éstas no sobrepasan los límites de control establecidos.

    • Evaluará la estimación de incertidumbre con base en la norma NMX-CH-140-IMNC-2002 "Guía para la Expresión de Incertidumbre en las Mediciones", la cual debe realizarse con información actualizada, para verificar que las características metrológicas de los elementos asociados en la medición, las cuales pueden ser obtenidas de las especificaciones del fabricante y/o de los certificados de calibración, permiten alcanzar los niveles de incertidumbre especificados de acuerdo a la aplicación.

Toma en consideración que, si ya cuentas con con un informe o dictamen vigente emitido por una Unidad de Verificación de Medición de Hidrocarburos acreditada por una entidad de acreditación (aplicable a los Operadores Petroleros), o por una empresa especializada en materia de medición de hidrocarburos y petrolíferos autorizada por la Comisión Reguladora de Energía (aplicable a los permisionarios de transporte y almacenamiento), la Unidad de Inspección lo tomará como válido y verificará, en caso de existir, las observaciones y no conformidades reportadas en el informe o dictamen.

En este caso, la Unidad de Inspección procederá a verificar los programas informáticos de conformidad con la etapa 2.

Etapa 2. Verificación de los programas informáticos

  • La Unidad de Inspección confirmará que los programas informáticos para llevar controles volumétricos están acordes a los requerimientos de funcionalidad y seguridad establecidos en los apartados 21.6.1. y 21.6.2. del Anexo 21 de la RMF 2026.

  • La Unidad de Inspección realizará pruebas de consulta y pruebas de generación de informes, corroborando los resultados obtenidos con la información visualizada directamente en las tablas de la base de datos.

  • Para verificar la respuesta del sistema de autodiagnóstico, la Unidad de Inspección realizará una prueba simulando la interrupción de la comunicación de algún elemento del control volumétrico, siempre y cuando existan condiciones que no comprometan la operación.

Periodicidad de la obligación de obtener el certificado

 

Los contribuyentes deberán obtener el certificador parte de una Unidad de Inspección en los siguientes casos:

  • Al Inicio de la Operación de los equipos de medición y programas informáticos.

  • Anualmente

  • En caso de que se instalen actualizaciones, mejoras, reemplazos o se realice cualquier otro tipo de modificación.

En DIGAMMA, estamos para apoyarte

  • Apoyo en Auditorías Externas

    Previo a la Auditoria

    • Entrenamiento al personal de la organización como preparación para la atención de la auditoría.

    • Auditoría interna previa a la Auditoría externa, a fin de detectar No conformidades y corregirlas anticipadamante.

    • Revisión del sistema de gestión de mediciones, previo a la auditoría externa.

    Durante la Auditoría

    Apoyo y acompañamiento al personal de la organización durante la auditoría externa.

    Posterior a la Auditoría

    • Atención de los hallazgos y las No Conformidades encontradas en la auditoría externa.

    • Proceso de mejora continua posterior a la auditoría externa.

  • Capacitación

    Cursos registrados ante la STPS, por lo que emitimos la constancia DC-3 correspondiente.

    Modalidad en línea, presencial o mixto.

    Cursos específicos sobre Medición de Hidrocarburos bajo la RMF 2026.

    Revisa nuestro catálogo de cursos completo

  • Análisis de Cumplimiento

    Análisis inicial en su organización para verificar el grado de cumplimiento en base a una regulación o estándar internacional.

  • Implementación del SGM

    Su organización recibirá apoyo permanente durante la etapa de Implementación del Sistema de Gestión de las Mediciones, hasta lograr una implementación exitosa.

    Se ofrecen auditorías posteriores a la implementación, para verificar el grado de implementación y confirmar sus resultados.

  • Estimación de Incertidumbre

    Estimación de incertidumbre con base en la Norma NMX-CH-140-IMNC-2002 “Guía para la expresión de Incertidumbre en las mediciones”.

    Nuestros especialistas realizarán un estudio de incertidumbre específico para cada uno de los sistemas de medición.

    Al finalizar es entregada una memoria del cálculo de la incertidumbre para cada caso, los resultados del mismo en un informe y presupuesto de incertidumbre impreso y digital.

  • Auditorías Internas

    Personal especializado de DIGAMMA realizará Auditorías Internas a su Sistema de Gestión de Mediciones, para verificar el grado de cumplimiento Normativo.

    Siguiendo la metodología descrita en la ISO 19011:2018 “Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión”

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